Google gana al Derecho al Olvido Global

El Tribunal de la UE dice que Google puede mantener fuera de la UE los contenidos retirados por el Derecho al Olvido

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este lunes la razón a Google en su litigio con la Autoridad Francesa, y ha dictado que los motores de búsqueda pueden limitar la aplicación del llamado ‘derecho al olvido’ a la Unión Europea.

Esto quiere decir que Google está autorizado a mantener los contenidos retirados de los dominios europeos, accesibles desde otros lugares de fuera de la UE, por ejemplo, EEUU, Latinoamérica, China, África, etc.

la Justicia europea descarta que exista un ‘Derecho al Olvido Global», como pretendía el regulador de protección de datos francés (CNIL), aunque también avisa a Google de que deberá:
• Retirar las versiones disponibles en los distintos Estados miembro
• Adoptar medidas que impidan a los internautas acceder desde algún país de la UE a los enlaces controvertidos que sigan disponibles fuera del bloque.

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«Desde 2014, hemos trabajado arduamente para hacer realidad el derecho al olvido en Europa y para lograr un equilibrio razonable entre los derechos de las personas al acceso a la información y a la privacidad», dijo la empresa en una declaración tras la sentencia del TJCE. «Es bueno ver que el tribunal estuvo de acuerdo con nuestros argumentos.»

El tribunal ha explicado que, el hecho de que sea posible acceder a información comprometida sobre una persona desde cualquier parte del mundo, puede tener efectos inmediatos y sustanciales sobre esa persona. “Retirar tales contenidos en todo el mundo respondería plenamente al objetivo de la protección que persigue el Derecho comunitario”, señala.

Sin embargo, el mismo tribunal subraya que muchos países terceros no contemplan el derecho a la retirada de enlaces o lo hacen desde una perspectiva diferente.

Además, precisa el TUE, el derecho a la protección de los datos «no constituye un derecho absoluto» y debe mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio de proporcionalidad, sabiendo que dicho equilibrio puede variar «significativamente» en las distintas partes del mundo.

En particular, la sentencia del TJCE establece que las bajas deben «ir acompañadas de medidas que impidan efectivamente o, al menos, disuadan seriamente a un usuario de Internet» de poder acceder a los resultados de uno de los sitios de Google no pertenecientes a la UE. Y añade «corresponderá al órgano jurisdiccional nacional comprobar si las medidas adoptadas por Google Inc. cumplen esos requisitos».

845.000 solicitudes
Desde que comenzó la pelea por el derecho al olvido, Google dice que ha recibido más de 845.000 solicitudes para eliminar un total de 3,3 millones de direcciones web, con alrededor del 45% de los enlaces que finalmente han sido eliminados de la lista.

La clave de la decisión el tribunal significa que los usuarios pueden eludir la acción si utilizan una red privada virtual (VPN) u otra herramienta para enmascarar su ubicación.

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